Click acá para ir directamente al contenido

Corte de Apelaciones confirma condena para imputado por violento robo en Curicó

  • Viernes 23 de octubre de 2020
  • 09:37 hrs

En fallo unánime se confirmó la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó. 

La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y ratificó la sentencia que condenó a Juan Rubén Puebla Puebla a 5 años y un día de presidio, como autor del delito de robo con violencia perpetrado en octubre del año pasado, en la comuna de Curicó. 

En fallo unánime se confirmó la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó. 

El caso corresponde a un robo perpetrado por el imputado contra un hombre, cuando éste descendía de su vehículo en la Feria de las Pulgas de Curicó, según estableció el fallo. 

“Al bajarse del furgón y abrir la puerta, sorpresivamente aparece el acusado Juan Rubén Puebla Puebla, quien premunido de un palo, procede a agredir a la víctima en su cabeza, para proceder a sustraerle especies, específicamente desde el pantalón le sustrajo la cantidad de $ 50.000 en dinero efectivo, y desde el interior del vehículo le sustrajo un tarro de pintura y una billetera de color rojo. Producto de la acción del acusado, la víctima resultó con una lesión contuso cortante en el occipucio y también lesión contusa en región supraorbitaria derecha, de carácter leve de acuerdo al acta de atención de urgencia respectivo”, cita el fallo. 

Tras el recurso de nulidad presentado, la Corte de Apelaciones resolvió rechazar “El recurso planteado aparece fundado en una disconformidad a lo resuelto por el tribunal al apreciar los hechos y la forma de su razonamiento, excediendo con ello el marco del régimen recursivo propio de la materia procesal penal. Y coincide con lo expresado por el recurrido en cuanto a que la primera declaración de la víctima donde expone los hechos, no puede ser anulada por una nueva declaración suya, no valida en su forma al consistir en una declaración notarial, en que indica que no es efectivo lo anteriormente confesado por él y que se trató de un ‘hurto de hallazgo'", sostiene el fallo.